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El Gobierno aprueba la toma en conocimiento de la entrada en vigor de la Lista de sustancias y métodos prohibidos para 2017

Fecha: 23/12/2016

Actualidad

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El Consejo de Ministros ha aprobado, en su reunión de hoy, la toma en conocimiento de la entrada en vigor de las enmiendas a la Lista de Sustancias y Métodos prohibidos en el Deporte, recogida en el Anexo I de la Convención Internacional contra el Dopaje en el Deporte e la UNESCO.

Esta Convención, que entró en vigor de forma general y para España el 1 de febrero de 2007, tiene como fin la progresiva armonización de normas y prácticas antidopaje en el deporte y la cooperación en el plano nacional y mundial.

La aprobación de la toma en conocimiento de la entrada en vigor de las modificaciones del citado anexo permite la publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) de la nueva Lista de Sustancias y Métodos prohibidos en el Deporte y su incorporación al ordenamiento jurídico español.

Con este acuerdo del Consejo de Ministros, que ha contado con los informes favorables de la Asesoría Jurídica Internacional del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación y del Consejo Superior de Deportes, el Gobierno refuerza su compromiso por la plena adecuación de la legislación española al contenido del Código Mundial de la Agencia Mundial Antidopaje.

Modificaciones de la Lista de sustancias y métodos prohibidos 2017

Estas son las novedades más significativas que debes tener en cuenta de la Lista de sustancias y métodos prohibidos de 2017.

• Se añade a los estimulantes no específicos la lisdexanfetamina, precursor inactivo de la anfetamina. Este cambio conlleva una sanción más severa que la que estaba anteriormente contemplada.

• En el apartado de los narcóticos se añade la nicomorfina. Un fármaco analgésico opioide que se transforma en morfina después de su administración. Este principio activo no se encuentra incluido en ningún fármaco comercializado en nuestro país.

• Se ajustan los parámetros de dosificación del salbutamol para clarificar que la dosis completa de 1600 microgramos en 24 horas no debe administrarse de una sola vez y no exceder los 800 microgramos cada 12h.

• Y en ese mismo apartado -BETA-2 AGONISTAS- se hace especial hincapié en la prohibición de la sustancia higenamina. Un constituyente de la planta Tinospora Crispa que se puede encontrar en algunos complementos alimenticios.

• Se recomienda preguntar al médico o consultar la ficha técnica del medicamento (marca comercial Ventolín) para establecer la dosis de inhalación requerida. Si fuese necesaria una dosis superior a 800 microgramos cada 12h, consultar al médico o contactar con AEPSAD para determinar si es necesario solicitar una AUT.

Resumen con las todas las modificaciones de la Lista de sustancias y métodos prohibidos de 2017

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