Fecha: 20/05/2016
Actualidad
Vistas y evaluadas las solicitudes y documentación presentadas a la convocatoria de cinco becas de formación de postgrado en el Departamento de Deporte y Salud de la Agencia Española de Protección de la Salud en el Deporte (AEPSAD) para el año 2016, publicada por Resolución de 17 de febrero de 2016 (B.O.E. n2 68, de 19 de marzo) de la AEPSAD.
Considerando la Resolución de nombramiento de la Comisión de Valoración de 1 de abril de 2016, del Director de la Agencia Española de Protección de la Salud en el Deporte.
De acuerdo con los criterios de valoración efectuados, según la base decimotercera y considerando las Actas de las reuniones mantenidas el 18 y 23 de abril y 17 de mayo de 2016, así como el informe de 19 de mayo de 2016 del órgano colegiado de evaluación con el resultado del examen de las solicitudes.
Considerando que los beneficiarios cumplen con los requisitos necesarios para acceder a dicha condición, según se desprende del Informe del órgano instructor de 24 de febrero de 2015, previsto en el último párrafo del artículo 24.4 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se formula la siguiente.
RESOLUCIÓN PROVISIONAL
PRIMERO. Proponer la concesión, a los cinco becarios que se relaciona en el Anexo I, con cargo a la aplicación presupuestaria Programa 336A, concepto 486, de los presupuestos de la Agencia Española de Protección de la Salud en el Deporte, en la cantidad que se especifica en la base octava de la convocatoria.
SEGUNDO. Proponer la no financiación a las cincuenta y siete solicitudes referidas en el Anexo II, por no haber obtenido la puntuación necesaria para acceder a la beca, quedando ordenados en lista de espera, de acuerdo a la base 17.4 de la convocatoria.
La presente propuesta de resolución se publicara en los tablones de anuncios de la Agencia Española de Protección de la Salud en el Deporte, así como en la página web de la sede electrónica del Consejo Superior de Deportes según la base 14.2 de la convocatoria. Los candidatos tendrán un plazo de diez días para efectuar alegaciones, cumplimiento del preceptivo trámite de audiencia.
La resolución definitiva se efectuara una vez realizado dicho trámite y se hayan cumplido los requisitos y normas que le son de aplicación, de conformidad con la convocatoria, la Ley 38/2003, General de Subvenciones y la Orden ECD/2681/2012, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones y ayudas de la Agencia Española de Protección de la Salud en el Deporte.