Cuando la autoridad de control de dopaje, la CELAD en los deportistas de ámbito nacional, reciba el informe del laboratorio con un resultado adverso, verificará si existe una AUT en vigor y que los resultados del análisis son consistentes con la AUT concedida ( la naturaleza de la sustancia , la vía de administración , la dosis, duración del tratamiento) Si la revisión resulta satisfactoria , el resultado de la prueba se registrará como negativo.
Los deportistas deben tener en cuenta que toda la información contenida en su solicitud de la AUT se mantendrá estrictamente confidencial. Todos los miembros de los CAUT firman acuerdos de confidencialidad y si requieren el asesoramiento de otros expertos científicos sobre un caso en particular, el nombre del atleta no se utilizará cuando circula la solicitud fuera del CAUT.
En general, los deportistas que compiten a nivel nacional sólo necesitan obtener una AUT de la CELAD. Cuando un deportista de ámbito nacional, va a competir en un evento baja la autoridad de su Federación Internacional (ya sea en España o en el extranjero), se debe presentar una nueva solicitud de AUT a la Federación Internacional salvo en aquellas situaciones en que exista un acuerdo de reconocimiento mutuo (se debe consultar a la Federación Internacional)
En esta situación, debe presentar una AUT en los plazos regulados (10 días tras su utilización) y especificar la situación de "Urgencia. El proceso es el mismo (cumplimentar el formulario de solicitud en el cual es imprescindible especificar la fecha de administración de medicamento y adjuntar los informes médicos que justifiquen la urgencia del mismo.
La AUT se concede para unos medicamentos o métodos específicos, y en unas condiciones concretas (dosis, vía de administración, frecuencia y duración del tratamiento). Todas las AUT tienen una fecha de caducidad. El deportista tiene que cumplir con todas las condiciones de tratamiento descritas en la solicitud de la AUT. El CAUT podrá solicitar durante el periodo de autorización informes de revisión relacionados con la AUT concedidaSalto de línea La Agencia Mundial Antidopaje (AMA), puede revisar todas las AUT concedidas por la CELAD y/o las Federaciones internacionales. Si la decisión no se ajusta a la Norma Internacional de AUT, la AMA puede revertirla y negar la AUT. La decisión de la AMA no es retroactiva.
El deportista, al rellenar el formulario de control de dopaje, debe declarar todas las sustancias y/o métodos utilizados en los últimos 7 días y especificar que tiene una AUT concedida para la sustancia y/o método prohibido declarado.Salto de línea Se recomienda a los deportistas que tienen alguna AUT, llevar siempre una copia por si son designados o seleccionados para pasar un control y mostrarla a los agentes de control de dopaje.