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La nueva Ley de Lucha contra el Dopaje nace del consenso histórico de todos los grupos parlamentarios y reafirma el compromiso de España por la defensa del deporte limpio

Fecha: 22/12/2021

Actualidad

Categorías:

  • Normativa
El texto normativo, aprobado con el voto favorable de todos los grupos políticos en el Congreso de los Diputados y en el Senado, adecúa la legislación

El texto normativo, aprobado con el voto favorable de todos los grupos políticos en el Congreso de los Diputados y en el Senado, adecúa la legislación española al actual Código Mundial Antidopaje de la AMA y abre una nueva etapa en la lucha contra el dopaje en el deporte español.

La nueva Ley Orgánica de Lucha contra el Dopaje en el Deporte adecúa la legislación española a los preceptos del vigente Código Mundial Antidopaje de la Agencia Mundial Antidopaje (AMA) y refuerza el compromiso del España por la defensa de los valores del deporte limpio.

El texto normativo ha sido aprobado con el voto favorable de todos los grupos parlamentarios tanto en el Congreso de los Diputados como en el Senado. Es la primera ley en materia de lucha contra el dopaje en España que obtiene el refrendo unánime de todos los partidos políticos en su tramitación en Las Cortes.

Tras las leyes orgánicas de 2008 y de 2013 (modificada en 2017), es la primera ocasión en la que una norma antidopaje en España es aprobada el mismo año de la entrada en vigor de la última versión del Código Mundial Antidopaje. El carácter orgánico de la legislación española obliga a modificar sus leyes con cada nuevo Código Mundial aprobado por la AMA.

Para el director de la Agencia Española de Protección de la Salud en el Deporte (AEPSAD), cuya denominación pasa a ser Comisión Española para la Lucha Antidopaje en el Deporte – Agencia Estatal –, José Luis Terreros, esta nueva Ley “hace que la normativa española sea más justa, proporcionada, independiente y sensible a las nuevas realidades en la lucha contra el dopaje en el deporte”.

“Todos los que hemos trabajo en su elaboración hemos escuchado y atendido las demandas y enmiendas de todos los organismos y entidades afectadas y las enmiendas de los grupos parlamentarios. Todo con el objetivo final de seguir situando a España en la vanguardia de la lucha antidopaje mundial”, ha manifestado.

Según José Luis Terreros, es “una Ley necesaria que completa nuestro modelo de deporte vinculado a los derechos y los valores y pone en valor el deporte como un derecho y una práctica vinculada a la salud y al juego limpio”.

Principales novedades

El principal objetivo de esta Ley Orgánica es adaptar la legislación antidopaje española al nuevo Código Mundial Antidopaje 2021 y a las Normas Internacionales que lo acompañan. Las principales novedades son:

  • Una clasificación de los deportistas en tres niveles de práctica deportiva: Internacional, Nacional y Aficionado, a los que corresponden diferentes regímenes sancionadores, evitando imponer a deportistas aficionados sanciones con consecuencias que no se corresponden con la práctica deportiva real de los ciudadanos.
  • Se incorpora la figura de las “Personas Protegidas”, que son los menores y las personas carentes de capacidad jurídica o de obrar. Estas personas protegidas tienen un régimen sancionador adaptado, pero a la vez, a aquellos que les administren sustancias dopantes o les impliquen en su tráfico, o que lo intentasen, se les aplican las más graves sanciones. Igualmente, estas personas protegidas pueden quedar exentas de la publicación de sus sanciones.
  • Se incluyen nuevos tipos de infracción que protegen a aquellos que colaboran en la represión del dopaje. Como la intimidación y disuasión de testigos y las represalias contra los informantes.
  • Se reduce la sanción en casos de dopaje si se demuestra debida a productos contaminados.
  • Se definen las “Sustancias de Abuso”, aquellas de las que la sociedad abusa en contextos distintos de los deportivos. Estas sustancias también tienen un régimen sancionador más suave, siempre a condición de haber sido utilizadas fuera de la competición deportiva.
  • Los procedimientos son resueltos por un nuevo órgano: el Comité Sancionador Antidopaje, con perfiles de conocimiento diversos y compuesto por profesionales ligados al derecho, la ciencia y en particular la medicina; tal y como regula la nueva Norma Internacional de Manejo de Resultados.
  • La AEPSAD pierde las competencias en el ámbito con el Deporte y la Salud, tema ya regulado en el Real Decreto Ley de 2017. Esto lleva también al cambio de nombre de la entidad, que pasa a denominarse: Agencia Estatal, Comisión Española para la Lucha Antidopaje en el Deporte.
  • El texto normativo clarifica aún más en su articulado, con una mención especial incluso en el preámbulo de la Ley, la condición del Pasaporte Biológico del deportista como método de prueba válido y aplicable en España para la lucha contra el dopaje.

PDF Enlace a la Ley aprobada por el Senado el 21 de diciembre de 2021:

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